Se dieron a conocer más controles de la AFIP  

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer que a partir del jueves va a implementar el "Sistema de Acciones de Control Electrónico" (Siace). Desde el organismo dicen que el objetivo es "promover el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los administrados".

La nueva medida se conoció a través de la Resolución General 5364/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial. La resolución comenzará a tener vigencia “el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.”, es decir el jueves 1 de junio.

Incluye “acciones de verificación y control” tales como “orientación, comunicación, requerimientos, fiscalizaciones, etc.” para instrumentar el “cumplimiento de los contribuyentes y/o responsables de las obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social”.

El procedimiento del Siace comenzará con la notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente y/o responsable, que se identificará con un “Código de Acción de Control Electrónico”.  De esta forma, el contribuyente y/o responsable estará obligado a su cumplimiento dentro del plazo fijado en la notificación, de 3 a 15 días hábiles. Para realizarlo el contribuyente y/o responsable deberá acceder al servicio web denominado “Acciones de Control Electrónico” disponible en la web institucional (https://www.afip.gob.ar), seleccionar la opción “Cumplimiento a la Acción de Control Electrónico” e ingresar el correspondiente “Código de Acción de Control Electrónico”, debiendo contar para ello con la Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.

“De igual forma, en caso de solicitud y/o inspección, podrá adjuntar las pruebas documentales que estime conveniente presentar por el mismo medio y en formato “.pdf””, aclaró la AFIP en la resolución.

Una vez que se complete la transferencia electrónica de datos, el sistema emitirá un recibo de confirmación como prueba de cumplimiento. La información y documentos aportados tendrán el carácter de declaraciones juradas y constituirán la prueba del inicio de actuaciones digitales y, en su caso, los antecedentes de las actuaciones de verificación y control en curso al efecto.

Una vez concluidas las operaciones de control electrónico y el análisis de los documentos pertinentes, la AFIP Federal completará mediante el proceso de Notificación Electrónica de Domicilio Financiero.

Los contribuyentes y/o responsables podrán consultar el listado actual e histórico de los actos de control electrónico notificados a través del servicio “web” denominado “Actuaciones de Control Electrónico” con el fin de realizar el seguimiento de los mismos y verificar el estado de cada uno.

También puede solicitar una prórroga por única vez del plazo para cumplir con la Ley de Control Electrónico, la cual deberá formalizarse antes de su vencimiento.
Por este motivo, la AFIP precisó que “en ningún caso se otorgará una prórroga que supere los 15 días hábiles administrativos”.

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